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Introducción

Este es el Diario de Fegasinel, dónde se recopilarán artículos de interés, o de actualidad, y análisis y resúmenes de temas tratados en otros apartado del Portal Fegasinel.

Tarifas Eléctricas: Liberalización del mercado

Nueva tarifa eléctrica

 

A partir del 1 de julio las distribuidoras ya no podrán comprar y vender electricidad en el mercado, sólo alquilar sus redes a otras compañías (comercializadoras) que se encargarán de adquirirla y suministrarla a los clientes. En teoría, a partir de esa fecha se completa la liberalización que se inició con la Ley Eléctrica de 1997, si bien, casi 25 millones de clientes (con menos de 10 kW de potencia) podrán seguir disfrutando de una tarifa (precio regulado que fija el Gobierno), conocida como TUR (tarifa de último recurso). Sólo podrán suministrar con TUR cinco comercializadoras que han sido creadas ad hoc por las grandes eléctricas: Endesa, Iberdrola, Unión Fenosa, Hidrocantábrico y Eon España.

Ya entró en vigor el suministro de último recurso eléctrico, lo que supone la culminación del proceso de liberalización del sector iniciado en 1998.

Con el objetivo de garantizar una adaptación gradual de los consumidores a los precios del mercado, el Gobierno ha establecido que algunas comercializadoras, las denominadas de último recurso, sigan ofreciendo el suministro al precio que fija la Administración, que se ha estrenado con una subida media del 2% sobre las tarifas integrales vigentes hasta el 30 de Junio de 2009..

El objetivo final es que, a partir del 1 de enero de 2013, deje de generarse el denominado déficit tarifario –el desfase entre los costes de producir y distribuir la energía y la tarifa oficial–, que ha supuesto un auténtico lastre financiero para el sector durante los últimos años y cuya desaparición parece estar encarrilada.

Las comercializadoras ya han empezado a lanzar ofertas para intentar captar a los clientes de más de 10 kilovatios de potencia contratada –en su mayoría pymes, pero también particulares–, que son los obligados a elegir entre la opción más atractiva en el mercado libre. La información sobre todo el proceso deja mucho que desear y aún sigue habiendo mucha confusión.

PREGUNTAS Y RESPUESTAS:

 

  • ¿Qué deben hacer los clientes con menos de 10 kW de potencia a partir del 1 de julio?

Nada. Estos consumidores pasan directamente a la TUR, por lo que deben abstenerse, en principio, de realizar ningún tipo de cambio. Su distribuidora se encargará de transferir su contrato a la comercializadora de último recurso de su propio grupo (por ejemplo, Endesa Distribución cederá sus clientes a Endesa Energía XXI). En el caso de los clientes de una pequeña distribuidora que no sea propiedad de una de las grandes eléctricas (hay 300 en España), aquélla podría ofrecerles un contrato en el mercado libre.

 

  • ¿Por qué los clientes domésticos deben abstenerse de hacer nuevos contratos en el mercado libre?

Entre otras razones, porque la TUR es un precio regulado y el Gobierno prevé utilizarlo como un instrumento para proteger a los consumidores. ¿Cómo? Entre otros medios, con la creación de un bono social para algunos colectivos que sigan en la TUR. Los que no tengan derecho a la bonificación deben esperar a ver cómo evoluciona el precio en el futuro.

 

  • ¿La nueva tarifa de último recurso va a resultar más cara que la que pagamos ahora?

La TUR debe recoger el coste de la energía que las eléctricas deben comprar en subastas creadas expresamente para fijarla (las llamadas Cesur). En principio, la evolución de los precios internacionales animan a pensar que la tarifa no debería subir. Pero, además de la energía, la TUR incluye el precio de los peajes por el uso de las redes de distribución, que fija el Gobierno. Para julio, Industria ha propuesto su congelación.

 

  • ¿Qué pasa con los 1,3 millones de clientes (en su mayoría pymes) con más de 10 kW de potencia? ¿Existe plazo para elegir comercializadora?

Los consumidores en baja tensión que tienen aún tarifa, pero su potencia es superior a 10 kW, no tienen derecho a la TUR, por lo que deben firmar un contrato de suministro con comercializadoras en el mercado libre antes del 1 de julio. Si no lo hacen, de forma transitoria, se les aplicará un precio (similar al que pagan ahora) que será incrementado un 5% cada trimestre hasta abril de 2010. A partir de ese mes, podrían acogerse a una TUR con un recargo del 20%. Por tanto, han de buscar con una comercializadora la lista figura en la página de la Comisión de la Energía (www.cne.es) que les ofrezca un buen precio.

 

  • ¿Cómo identificar las buenas ofertas en el mercado libre?

No hay que dejarse engañar con las ofertas, pues éstas no se aplican sobre la tarifa. Las comercializadoras ofrecen contratos nuevos que, con probabilidad, son superiores a la nueva TUR: se trata de comparar los precios entre ellas y, si plantean descuentos, averiguar respecto a qué.

 

  • ¿Existen ofertas en el mercado?

De momento, las alternativas que tienen las pequeñas empresas, además de los grandes consumidores domésticos, son más bien limitadas. Las compañías tradicionales, como Iberdrola, Endesa o Unión Fenosa, son de las pocas que ofrecen algún tipo de precio especial.

 

La CNE reconoce que no hay ofertas sobre tarifas y las pocas existentes son confusas

 

Iberdrola, con el Plan Compromiso Pymes, ofrece un descuento del 12% en el precio de la luz, porcentaje que puede llegar hasta el 15% si el cliente incrementa su factura en poco más de seis euros por contratar el servicio Asistencia Pymes Iberdrola.

Endesa Energía ofrece un 5% de descuento sobre la tarifa actual regulada para aquellos clientes con potencia contratada superior a 10 kW e igual o inferior a 15 kW, con un 2% adicional para quienes se decidan por esta oferta antes del 15 de julio.

Unión Fenosa ha puesto en marcha el Nuevo Plan Doce para pymes y autónomos, con el que promete recortar hasta en un 30% la factura de la luz a los pequeños y medianos empresarios. Pero esto no es sobre tarifa, sinó con asesoramiento privado. De hecho, las pocas ofertas que se pueden encontrar en el mercado no están relacionadas con grandes ahorros en la factura final, sino con servicios añadidos de consultoría por un precio similar al que se pagaba en el mercado regulado.

En esta primera semana de Julio, muchas de las compañías comercializadoras están replanteando sus ofertas, según reza en sus propias páginas web y según confirmaron los operadores telefónicamente.

¿Precio fijo en las ofertas?

En la mayoría de las ofertas, se tiende a ofrecer un precio fijo hasta finales de año, de forma que se limita la incertidumbre del mercado liberalizado, en el que las tarifas mínimas podrán ser revisadas trimestralmente, aunque al principio se hará de forma semestral, ya que el precio final estará ligado al coste de producción.

Dejando al margen a los grandes operadores nacionales, que facilitan en su web información detallada sobre el proceso de cambio, la cosa se complica para una pyme cuando intenta comparar ofertas y servicios con otros comercializadores.

Hidrocantábrico Energía, por ejemplo, ofrece hasta un 5% de descuento en electricidad sobre «el término variable según tarifa oficial vigente para tarifas 3.0.2», porcentaje que puede reducirse hasta el 2% según la modalidad contratada. La mayoría de los consumidores desconocen que en una tarifa se incluyen costes fijos (peaje) y costes variables (generación), por lo que prácticamente les es imposible calcular cuánto supone un 5% de ahorro sobre la parte variable.

 

  • ¿Quiénes tienen derecho al bono social eléctrico?

Las familias numerosas, los perceptores de pensiones mínimas con más de 60 años, las familias con todos los miembros en paro y quienes tengan menos de 3 kW de potencia. En todos los casos, se aplicará sólo a la vivienda habitual.

 

Los cinco millones de usuarios que podrán beneficiarse del bono social (una congelación de tarifas hasta el año 2012) conocen también sus condiciones, publicadas en el BOE en Junio . Ingresarán automáticamente en el bono las viviendas con menos de 3 kilovatios contratados, que mantendrán los precios aprobados el pasado 31 de diciembre del 2008.

 

Las familias numerosas, los usuarios que acrediten cobrar pensiones mínimas o las familias con todos sus miembros en paro podrán acogerse a estas rebajas sociales, pero solicitando previamente su ingreso en el bono y presentando la documentación que pruebe cada situación personal.

 

  • ¿Cómo y cuándo se puede solicita el bono social?

Quienes tengan menos de 3 kW de potencia (unos cuatro millones de clientes) no deben hacer nada, pues la distribuidora está obligada a aplicárselo de forma automática a partir del 1 de julio. El resto de colectivos deben solicitarlo a su distribuidora rellenando los correspondientes formularios y aportando los certificados que acrediten su derecho.

 

  • ¿Cuánto pagarán los colectivos bonificados?

A quienes tengan derecho al bono social se les aplicará una tarifa reducida, que se traducirá en una congelación de las subidas que el Gobierno aplique a partir del 1 de julio. Por tanto, los beneficiarios seguirán pagando lo mismo que ahora y su beneficio será mayor cuanto más altas sean las revisiones de la tarifa, que se harán semestralmente.

 

  • ¿Cuánto dura el bono social y quién lo financia?

El bono deberá renovarse en dos años, si bien, el cliente debe renunciar antes si deja de reunir las condiciones que le dan derecho a él. El fraude se penalizará con un recargo del 10% en su tarifa. No obstante, y esto es importante, los beneficiarios deben saber que, en los próximos meses, cuando se apruebe el reglamento del real decreto ley que establece el bono social, el parámetro para su aplicación será la renta per cápita familiar. Por tanto, salvo que el Gobierno decida incumplir el precepto, muchos de estos primeros beneficiarios (por ejemplo, familias numerosas de rentas altas) se quedarían sin el bono antes de que acabe el año. El bono lo financiarán 12 empresas generadoras.

 

 

  • ¿Qué es la oficina de Cambio de Suministrador  (OCSUM)?

La Oficina de Cambio de Suministrador (OCSUM) será responsable de la supervisión de los cambios de suministrador conforme a los principios de transparencia, objetividad e independencia, tanto para el sector del gas natural como para el de la electricidad.

  • La OCSUM adopta la forma de una sociedad mercantil y está participada por las empresas distribuidora y comercializadoras de gas natural y de electricidad
  • Contará con un Centro de Información sobre el cambio de suministrador, orientado principalmente hacia los usuarios, a los que ofrecerá información gratuita sobre, al menos, los siguientes aspectos: procedimiento de cambio de suministrador, requisitos e información para el cambio, plazos y efectos del cambio, y relación de comercializadores
  • Las funciones de la OCSUM no incluyen la atención de quejas y reclamaciones del consumidor, ya que tanto el ámbito del consumo como la resolución de reclamaciones relacionadas con el suministro energético son competencia de las Comunidades Autónomas

El Consejo de Ministros aprobó en junio un Real Decreto por el que se regula la estructura y funciones de la Oficina de Cambio de Suministrador, una institución cuyo papel será esencial en el marco de la liberalización de los mercados energéticos para garantizar y fomentar la competencia en los sectores del gas natural y de la electricidad.

El funcionamiento de la OCSUM regulado en este R.D., fue creada en 2008 como una sociedad mercantil independiente cuyo objeto social exclusivo es la supervisión de los cambios de suministrador conforme a los principios de transparencia, objetividad e independencia.

La OCSUM garantizará el acceso a las bases de datos de todos los puntos de suministro en poder de las compañías distribuidoras y las pondrá de forma gratuita y por medios telemáticos a disposición de las empresas que a partir del 1 de julio se harán cargo del suministro de gas natural o de electricidad al cliente final, es decir, las comercializadoras, lo que garantizará la mejor competencia dentro de un mercado abierto.

La OCSUM se constituye como una sociedad mercantil y en su accionariado participan los propios distribuidores y comercializadores de gas natural y de electricidad en los porcentajes que determinan sus cuotas de mercado.

Se trata, pues, de un caso de “autogestión” que posibilita que sean los propios agentes privados que intervienen en el mercado los responsables de la gestión de una oficina gestora de datos de interés común para todos ellos. Esta fórmula no significa que la Administración renuncie a sus funciones de control general, pues se reserva a la Comisión Nacional de Energía (CNE) la supervisión tanto del cumplimiento de la normativa y procedimientos relacionados con los cambios de suministrador que se realicen como de la actividad de la propia Oficina.

Este esquema societario implica que la financiación de la OCSUM se realice a través de las cuotas de sus socios en proporción a su respectiva participación en el capital social

La OCSUM contará con el Centro de Información sobre el cambio de suministrador, orientado principalmente hacia los usuarios, a los que ofrecerá información gratuita sobre, al menos, los siguientes aspectos: procedimiento de cambio de suministrador, requisitos e información para el cambio, plazos y efectos del cambio, y relación de comercializadores (incluyendo, en su caso, los de último recurso).

 

 

  • Diccionario

TUR: es la tarifa de último recurso, que entra en vigor el 1 de julio, fecha en la que se liberaliza el mercado por exigencia de la UE. Los domésticos mantendrán, “como un servicio público”, esta tarifa.

G-4: es la tarifa de los grandes consumidores eléctricos (siete grandes plantas de aluminio, zinc y acero), que también desaparece en julio.

Bono social: es una tarifa reducida que se aplicará a varios colectivos. El bono es social sólo relativamente, pues permite beneficiarse de momento a colectivos de rentas altas (algunas familias numerosas) y, por falta de control, a consumidores con menos de 3 kW, pero que consumen sin límite al carecer de interruptor de potencia.